ARTÍCULO 422. El diámetro de los tambores que empleen los aparatos para izar no será beocio de treinta veces el diámetro del cable o 450 veces el diámetro del alambre que forma el cable. Para evitar que los dedos, el pelo o la ropa de los operarios sea atrapada, https://kurty592kpt1.dm-blog.com/profile